Por el que se crea el Régimen de Consorcios Camineros, cuya autoridad de aplicación de la presente ley será la Dirección Provincial de Vialidad, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 4º Inciso “ll” de la Ley Nº 2936.
Información general
Autor:
CAVAGNA, Rafael
Coautor:
Comisión:
Comisión de Legislación General
Comisión de Hidrovía, Puertos Y Transportes Multimodales