Se dispone que quienes integren la Fiscalía de Estado, la Contaduría General, la Tesorería General de la Provincia y la Defensoría del Pueblo en cualquiera de sus niveles no pueden integrar empresas y sociedades del Estado Provincial.
Información general
Autor:
KISSER Raymundo Arturo, LORA Beltrán Alberto
Coautor:
Comisión:
Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos
Media sanción:
Sancionado:
19/03/2024 | H.C.S. Al Archivo |
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