Establece la obligatoriedad del Agente Financiero del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a percibir en las cajas de todas sus sucursales bancarias la totalidad de los impuestos provinciales.
Información general
Autor:
LORA Beltrán Alberto
Coautor:
Comisión:
Comisión de Presupuesto y Hacienda
Media sanción:
19/09/2018 | H.C.S. Sobre Tablas |
Sancionado:
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