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17.05.2016 | 11483 10790 | Proyecto de ley

Por el que se modifican los artículos 144 y 145 del Código Fiscal (t.o. 2014). Autoridades judiciales o administrativas y los escribanos públicos que intervengan en transmisión de dominio o constitución de derechos reales sobre inmuebles deben constatar pago de impuesto provincial, tasas y contribuciones municipales.

Información general

Autor:
BONATO René Alcides
Coautor:
Comisión:
Comisión de Legislación General
Media sanción:
30/10/2019 | H.C.S.
Sancionado:

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