De utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble propiedad de Citrus Negro R Sociedad Anónima, ubicado en el ejido de Chajarí, para ser destinado a turismo y Reserva Natural Protegida.
Autor:LENA Gabriela Mabel
VITOR Esteban Amado
VIOLA María Alejandra
ROTMAN Alberto Daniel
MONGE Jorge Daniel
LA MADRID Joaquin
KNEETEMAN Sergio Omar
ARTUSI José Antonio
ANGUIANO Martín César
ACOSTA Rosario Ayelen
Leyes
Leyes de la provincia de Entre Ríos.
Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación dos inmuebles ubicados en departamento Diamante, distrito Isletas, ejido de General Ramírez, para ser destinados a la obra de traslado de lagunas de tratamiento de líquidos cloacales.
Se autoriza al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por el Sr. Juan Federico Boaglio de un inmueble de su propiedad ubicado en el ejido de la ciudad de Nogoyá, para ser destinado a la instalación de una Comisaría.
Se establece que la traba de embargo que afecte el salario de los trabajadores de cualquier área de la Administración Pública Provincial o Municipal, se deberá diligenciar e instrumentar ante la oficina administrativa encargada de la liquidación de sus haberes.
La provincia de Entre Ríos adhiere a las disposiciones del artículo 34 y concordantes de la ley Nacional Nº 23737 y sus modificatorias en los términos, condiciones y alcances previstos en la Ley Nº 26052. Se derogan las leyes 9783 y 10329. (narcomenudeo)
Por el que se regula la publicación de avisos destinados a la contratación de personas para servicios laborales a desempeñarse dentro o fuera de la Provincia, por cualquier medio de comunicación.
Por el que se regulan los contratos de participación público-privada.
Autor:VITOR Esteban Amado
VIOLA María Alejandra
SOSA FUAD Amado
ROTMAN Alberto Daniel
MONGE Jorge Daniel
LENA Gabriela Mabel
LA MADRID Joaquin
KNEETEMAN Sergio Omar
ANGUIANO Martín César
ACOSTA Rosario Ayelen
Se establece el Mecanismo Provincial de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes, en virtud de lo establecido en la Ley Nacional Nº 26827.
Se modifica el Artículo 1º de la Ley Nº 10467 que modifica el artículo 14 de la Ley 7555 (compensación económica a Presidente de Juntas de Gobierno) . Se modifica el artículo 1º de la Ley Nº 9786 que modifica el artículo 5º de la Ley 7555 (asignación anual de fondos a Juntas de Gobierno).
Se sustituye el artículo 128 del Código Fiscal (Facultad de ATER para no iniciar o desistir los juicios declarando deuda carente de interés fiscal para su ejecución).