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Leyes

Leyes de la provincia de Entre Ríos.

Ley N° 9637

Período: 126

Autor: Poder Ejecutivo

Promulgación: 03.08.05

Publicación: 04.08.05

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Suprímese el primer párrafo del Artículo 4° de la Ley 9610, Suprímese en su totalidad el Artículo 5° de la Ley 9610.Sancionada el 03-08-05 en la Honorable Cámara de Diputados – Presidida por el Dr. Orlando Engelmann.

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