Por el que se dispone en todo el ámbito de la provincia, como requisito obligatorio para el traslado de niños y/o adolescentes por parte de empresas de transporte público de pasajeros, la exigencia de autorización escrita de los padres o responsables legales cuando no concurran acompañados por ellos.
Información general
Autor:
Ballestena Aldo Alberto
Coautor:
Comisión:
Comisión de Hidrovía, Puertos Y Transportes Multimodales