Por el que se suspende en todo el ámbito de la Provincia, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley y por un plazo de ciento ochenta días hábiles, las ejecuciones hipotecarias que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor, siempre que el monto del avalúo fiscal no supere la suma de ciento cincuenta mil pesos.
Información general
Autor:
Panozzo José Luis
Coautor:
Comisión:
Comisión de Legislación General
Media sanción:
Sancionado:
Por Resolución de Cámara al Archivo 16/12/2011 |
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