Destinado a regularizar las finanzas del Estado Provincial en lo que respecta a su actuación en Sede Judicial, previendo tanto la ampliación de los plazos previstos en los Códigos Procesales y en las leyes especiales para el cumplimiento de las sentencias por parte del Estado Provincial, cuando la condena sea de dar sumas de dinero o pueda traducirse en un pago de esta índole como la imposición de costas por su orden cuando se encuentren litigando entre sí entes provinciales.