Tiene por objeto implementar en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, la Libreta de Salud Infanto Juvenil, con carácter de documento obligatorio destinado al registro de condiciones de salud de los niños, niñas y adolescentes desde la concepción hasta los 19 años de edad.
Información general
Autor:
Chesini Osvaldo Daniel
Coautor:
Comisión:
Comisión de Salud Pública y Drogadicción
Media sanción:
Sancionado:
Por Resolución al Archivo 06/04/2010 |
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