Por el que se considera árbol público y sujeto a exclusiva potestad administrativa y al régimen de esta Ley, y de la Ley Nacional Nº 13,273, al existente en lugares públicos, y en propiedades particulares ubicados en las márgenes de caminos.
Información general
Autor:
Marsiglia Sergio Gabriel
Coautor:
Comisión:
Comisión de Salud Pública y Drogadicción
Media sanción:
15/07/2008 | H.C.S.
Sancionado:
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