Por el que se deroga la Ley Nº 9.659 y sus modificatorias. (LEY 9659 "Castrillón" Del Sistema Electoral. La Provincia de Entre Ríos adopta el sistema de elecciones internas denominadas en adelante primarias, abiertas, simultáneas y de un solo voto por ciudadano, para la elección de candidatos a presentarse a las elecciones generales de autoridades provinciales, municipales y centros rurales de población (Juntas de Gobierno), cuyo funcionamiento se regirá por la presente Ley. Sancionada el 22-11-05)