Declárase inembargables e inejecutables los bienes inmuebles afectados como sedes sociales de entidades culturales y/o educativas sin fines de lucro y los bienes muebles necesarios para el desarrollo de las actividades administrativas propias del objeto social de las mismas.
Información general
Autor:
CANALI Pablo Andrés
Coautor:
Comisión:
Comisión de Legislación General
Media sanción:
Sancionado:
SE REMITE A 06-04-2022 H.C.S. |
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