Por el que se prohíbe en el territorio provincial el cobro de "plus", adicionales y complementos monetarios o de otra naturaleza por parte de personas físicas o jurídicas que presten servicios profesionales del arte de curar y de disciplinas anexas o vinculadas a la salud, a pacientes que cuenten con cobertura de obra social o seguro de salud.
Información general
Autor:
Melchiori César Eduardo
Coautor:
Comisión:
Comisión de Salud Pública y Drogadicción
Media sanción:
30/11/2015 | H.C.S. Sobre Tablas |
Sancionado:
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