Por el que se declaran de utlilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles ubicados en la ciudad de Nogoyá, con destino al Polideportivo Municipal “Cabo 1º Julio Cesar Monzón”.
Leyes
Leyes de la provincia de Entre Ríos.
Por el que se deroga los incisos 3 y 4 del Artículo 6º de la Ley Nº 10271. (PASTER, adscripciones)
Por el que la Provincia adhiere al Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las áreas de seguridad y salud”, creado por Decreto Nacional Nº 1765/14, autorizando al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público con el Fondo Fiduciario Público “Fondo para el fortalecimiento operativo federal”, con destino a la renovación y/o ampliación del parque automotor de las áreas de seguridad y salud de la Provincia, a través de la adquisición de ambulancias y vehículos policiales.
Por el que la Provincia de Entre Ríos adhiere a la Ley Nacional Nº 26348 “Marco Normativo para automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados”.
Por el que se autoriza al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por el Municipio de General Campos, de dos inmuebles con destino a la creación y construcción de una Escuela NINA.
Por el que se declara ciudadano ilustre post mortem de la provincia de Entre Ríos al Dr. Arturo Enrique Sampay, artífice de la Constitución de 1949.
Por el que se modifica la Ley Nº 9783 (de adhesión a la Ley Nacional Nº 26052, modificatoria de la Ley Nº 23737 – Estupefacientes). – Narcomenudeo.
Por el que se modifica el artículo 180 y se incorpora el artículo 180 bis a la Ley Nº 3818, modificada por Ley Nº 9095 y su rectificatoria Ley Nº 9194 (agentes de propaganda médica – visitadores médicos).
Por el que se declara de Interés Provincial la XLVII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), a llevarse a cabo próximamente en la ciudad de Paraná.
por el que se autoriza al Poder Ejecutivo a adquirir mediante compra directa a favor del Superior Gobierno de la Provincia, una fracción de terreno propiedad de los Señores Héctor Hernán Schvenler, Daniel Osvaldo Schvenler y Omar Alberto Schvenler, ubicado en el centro rural de población de Aldea Salto o Aldea Santa Cruz, para ser destinado a la construcción de la sede y anexos de la Junta de Gobierno, un museo local y una vivienda para una familia en situación de riesgo habitacional.