Por el que se declara el 24 de noviembre “Día del Termalismo”, en todo el territorio de la provincia de Entre Ríos.
Leyes
Leyes de la provincia de Entre Ríos.
Por el que se prohíbe en todo el territorio de la Provincia el cobro de plus como retribución por los servicios prestados por los profesionales del arte de curar y ramas anexas.
Coautores:
Uranga Martín Raúl
Romero Rosario Margarita
Monjo María Claudia
Mendoza Pablo Nicolás
Flores Horacio Fabián
Bisogni Marcelo Fabián
Almará Rubén Oscar
Albornoz Juan José
Se acepta la donación del inmueble ubicado en el Ejido Municipal de Gilbert, con domicilio parcelario en Ruta Provincial Nº 20 s/n, propiedad de Carlos Enrique Treise, para ser destinado a la instalación de la Estación Reductora de Presión Primaria 70/14.7 bar y Reductora de Presión Secundaria 14,7/4 bar – Obra Provisión de Gas Natural.
Por el que se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles con el propósito de integración social y necesidades de la Comuna de Puerto Algarrobo, distrito Alcaraz Segundo, departamento La Paz.
Se establece el mecanismo de designación de autoridades de órganos de autónomos de control.
Se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación dos inmuebles propiedad de CITRUS NEGRO R. S.A. ubicados en Colonia Villa Libertad, ejido de Chajarí, para ser destinados a la construcción y traslado de toda la oferta educativa terciaria y superior de la ciudad y a una Reserva Natural Protegida.
Coautor:VITOR Esteban Amado, VIOLA María Alejandra, SOSA FUAD Amado, ROTMAN Alberto Daniel, MONGE Jorge Daniel, LA MADRID Joaquin, KNEETEMAN Sergio Omar, ARTUSI José Antonio, ANGUIANO Martín César, ACOSTA Rosario Ayelen
Se deroga el artículo 27 de la ley Nº 9996 – Consejo de la Magistratura. (prohibición a quien haya sido designado en un cargo de presentarse en concurso hasta transcurridos tres años).
Coautor:VITOR Esteban Amado
ROTMAN Alberto Daniel
ROMERO Rosario
PROSS Emilce
LENA Gabriela Mabel
LARA Diego
KNEETEMAN Sergio Omar
BAHLER Alejandro
ACOSTA Rosario Ayelen
Se ratifica el Acuerdo suscripto entre el Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la eliminación gradual de la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables.
por el que se dispone que en cualquier lugar de acceso público donde la comercialización y el consumo de comidas y bebidas sea habitual deberá exhibirse un cartel en un lugar visible con la leyenda âel consumo excesivo de sal es perjudicial para la saludâ.
Por el que la Provincia adhiere a la Ley Nacional Nº 25649 de Promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico.