Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a transferir a título de donación a favor de la Municipalidad de Santa Elena, un vehículo automotor Dominio SAE 780, Marca Mercedes Benz, Motor Mercedes Benz Nº 345.952-10-134547, Chasis Mercedes Benz Nº 364.298-11-003599, año 1.992, tipo transporte de Pasajeros, modelo 0371 RSD, inventariado en el Consejo General de Educación.
Leyes
Leyes de la provincia de Entre Ríos.
Créanse en la Jurisdicción de la Policía de Entre Ríos, doscientos cincuenta (250) cargos de Agentes en el Escalafón Seguridad, Personal Suboficial y Tropa.
Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a disponer la capitalización de la Empresa de Energía de Entre Ríos S.A. ENERSA-, por hasta la suma de pesos cien millones ($ 100.000.000) con destino a las obras del sector eléctrico referenciadas en el convenio marco para el desarrollo del sistema de transmisión y sub-transmisión de energía eléctrica en la provincia de Entre Ríos.
Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar la oferta de donación formulada por María Inés Meroi; Silvia Noemí Meroi y Laura Delia Meroi, del inmueble que según Plano de Mensura Nº 175.778, se encuentra ubicado en la provincia de Entre Ríos, departamento Paraná, distrito Sauce, Centro Rural de Población Sauce Montrull. La presente donación es con cargo para el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos de destinar el inmueble a la construcción del nuevo edificio del Centro de Salud âSauce Montrullâ de la localidad de Sauce Montrull, departamento Paraná, Distrito Sauce.
Por el que se reglamenta el Consejo de la Magistratura.
Autores: Cáceres, Kerz, Bescos, Nogueira,Jourdan, Haidar, Bettendorff, Busti, Amada, Argain, Berthet, Maier, Bolzán, Flores, Jodor, Allende, Díaz de Rossi, Zacarías, López, Benedetti, Cardoso, Artusi, Alderete y Miser
Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles afectados por la obra: Ruta Provincial Nº 23 Tramo: Villa Elisa Jubileo, conforme al siguiente detalle que se adjunta en el Anexo I.-
Decláranse inembargables e inejecutables los bienes inmuebles que estén afectados a fines deportivos; recreativos; culturales y/o sociales que sean propiedad de entidades deportivas sin fines de lucro, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Por el que se prorroga por un plazo de 180 días hábiles los alcances de la Ley Nº 9580, cuyos efectos fueron prorrogados por las leyes Nºs. 9607, 9639, 9693, 9753, 9801, 9839 y 9901. (inmebargabilidad de clubes)
Por el que se modifica el Artículo 6º de la Ley Nº 9941 (que autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Banco Nación para la Constitución de un Fideicomiso Financiero a fin de dar solución a los deudores del sector agropecuario de la Provincia).
Denominado âLey de Hidrocarburosâ.