Prorróguese por un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles los alcances de la Ley Nº 9580 (BO 20.07.04), cuyos efectos fueron prorrogados por las Leyes Nº 9607; Nº 9639; Nº 9693; Nº 9753; Nº 9801 del 10 de octubre de 2007 y Nº 9839, en relación a la suspensión de las subastas y ejecuciones en curso contra los bienes de las entidades deportivas con domicilio en la Provincia de Entre Ríos.Sancionada el 17-03-09 en la H.C.S. Presidida por el Sr. Presidente de la H.C.S. Dr. José E. Lauritto volver