Declárense inembargables e inejecutables los bienes muebles e inmuebles que estén afectados a fines educativos y que sean propiedad de las Instituciones Educativas Públicas de Gestión Privada.Sancionada el 18-06-08 en la H.C.D. Presidida por el Dr. Jorge P. Busti. volver
Información general
Período:
128
Promulgación:
19.06.08
Publicación:
20.06.08
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