Ley N° 9787 Sustitúyase el Artículo 1º de la Ley Nº 9761 - Ley Impositiva. Sancionada el 15-08-07 en la H.C.S. Presidida Vicepresidente 1º Dr. Firpo volver Información general Período: 128 Promulgación: 27.08.07 Publicación: 06.09.07 Documentos asociados