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Ley N° 9619

Por el que se suspende en todo el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, por un plazo de ciento ochenta días hábiles a partir de la sanción de la presente, las ejecuciones hipotecarias que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor. Sancionada el 26-04-05 en la Honorable Cámara de Senadores – Presidida por el Sr. Strassera – Vicepresidente 1° de la H.C.S Villaverde, Solari, Vera, Grimalt, Cresto, Bahillo, Vittulo, Engelmann, Fuertes, Almada, Tramontin, Aldaz, Adami
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Información general

Período:
125
Autor:
Rogel, Fernández,Solanas, Haidar, Allende
Promulgación:
27.04.05
Publicación:
29.04.05
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