Por el que se prorroga por un plazo de 180 días los alcances de la Ley N° 9580 . Que refiere a la suspensión de las subastas y ejecuciones en curso contra los bienes de las entidades comprendidas en el Art. 1° de la mencionada norma.
Sancionada el 15-02-05 en la Honorable Cámara de Senadores Presidida por Sr. Pedro Guillermo Guastavino.
Coautores: Engelmann. Cresto. Aldaz. Tramontín. Bahillo. Rogel. Solari. Fernández. Grimalt. Vera. Villaverde volver