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Ley N° 9594

Modificase el Artículo 29° de la Ley N° 7046, que quedará redactado de la siguiente manera: ¨Establécese la unidad arancelaria ¨Jurista¨ cuyo valor se determina en la suma de pesos diecisiete ($17). Sancionada el 10-11-04 en la Honorable Cámara de Diputados – Presidida por Sr. Orlando Engelmann.
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Información general

Período:
125
Autor:
Ss. D. Cresto, Bolzán, Vittulo, Castrillón
Promulgación:
26.11.04
Publicación:
30.11.04
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