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Ley N° 9591

Incorpórase al Art. 41° de la Ley N° 8916, el siguiente texto: ¨Inciso f) Régimen de sanciones por incumplimiento y causales de capacidad del contrato¨. Sancionada el 27-10-04 en la Honorable Cámara de Diputados – Presidida por Sr. Orlando Engelmann.
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Período:
125
Promulgación:
29.10.04
Publicación:
03.11.04
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