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Ley N° 9583

Por el que se autoriza a la Dirección Provincial de Vialidad, a otorgar permisos precarios y onerosos para el aprovechamiento de las zonas marginales de las rutas y caminos de la Red Provincial, donde por sus carecterísticas y dimensiones pudieran sembrarse pasturas, cereales y oleaginosas. Sancionada el 15-07-04 en la Honorable Cámara de Senadores – Presidida por el Sr. Strassera – Vicepresidente 1° de la H.C.S.
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Información general

Período:
125
Autor:
S.S. Orlandi
Promulgación:
23.07.04
Publicación:
28.07.04
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