Ley N° 9574 Suspéndase por el término de 180 días hábiles, a partir de la promulgación de la presente Ley, los remates de propiedades inmuebles. Sancionada el 30-06-04 en la Honorable Cámara de Diputados Presidida por Orlando Engelmann. volver Información general Período: 124 Autor: S.S. Strassera Promulgación: 02.07.04 Publicación: 12.07.04 Descarga: Ley N° 9574 Documentos asociados