Ir al menú principal

Ley N° 9558

El Poder Ejecutivo deberá, a partir de la sanción de la presente ley, otorgar a los hijos de miembros integrantes de las fuerzas de seguridad provincial (policía y servicio penitenciario), que hayan caído en cumplimiento del deber, una beca estudiantil. Sancionada el 14-04-04 en la Honorable Cámara de Senadores – Presidida por el Sr. Strassera – Vicepresidente 1° de la H.C.S.
Anterior volver

Información general

Período:
124
Autor:
S.D. Taleb
Promulgación:
19.04.04
Publicación:
28.04.04
Descarga:

Documentos asociados

  • Vivo
  • On Audio
  • Off Audio
  • Ampliar Ampliar
  • Minimizar Minimizar
Cerrar