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Ley N° 10533

Se dispone que los créditos presupuestarios destinados a gastos reservados tienen como fin atender la actividad que debe desarrollar el Estado en situaciones de urgencia fundada en la gestión. Autor:VITOR Esteban Amado Coautor:VIOLA María Alejandra SOSA FUAD Amado ROTMAN Alberto Daniel LENA Gabriela Mabel LA MADRID Joaquin ARTUSI José Antonio ANGUIANO Martín César ACOSTA Rosario Ayelen
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Período:
138
Autor:
Señores Diputados
Promulgación:
04.12.17
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