Ir al menú principal

Ley N° 10361

Por el que se incorpora a la Ley Nº 4167 (de creación del IAPV) el Artículo 12 bis, que dispone que la liquidación expedida por los funcionarios habilitantes constituye título ejecutivo suficiente que habilita el cobro de deudas provenientes del financiamiento de las viviendas.
Anterior volver

Información general

Período:
136
Promulgación:
05.05.15
Descarga:

Documentos asociados

  • Vivo
  • On Audio
  • Off Audio
  • Ampliar Ampliar
  • Minimizar Minimizar
Cerrar