Ley N° 10328 Por el que se modifica el artículo 180 y se incorpora el artículo 180 bis a la Ley Nº 3818, modificada por Ley Nº 9095 y su rectificatoria Ley Nº 9194 (agentes de propaganda médica - visitadores médicos). volver Información general Período: 135 Autor: S.S. Melchiori César Eduardo Promulgación: 20.10.14 Documentos asociados