por el que se exime al Fondo Fiduciario Público denominado Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la vivienda única familiar y a su entidad fiduciaria, Banco Hipotecario S.A., de todos los impuestos, tasas y contribuciones provinciales que graven las operaciones, actos e instrumentos relativos al programa, en adhesión a lo dispuesto por el artículo 8º del Decreto Nº 902/12 del Poder Ejecutivo Nacional. volver