
El texto indica que se crean “cincuenta (50) cargos de agentes penitenciarios”.
Estos, se deja expresa mención, deberán ocuparse “con carácter excluyente, a la tarea de seguridad en las unidades penitenciarias, no pudiendo cumplir tareas administrativas ni de ninguna otra naturaleza”.
Además, se faculta al Poder Ejecutivo incorporar al Presupuesto vigente los cargos y por ello hacer las adecuaciones de las partidas de erogaciones que resulten necesarias.
(Prensa Legislativa H.C.S.)