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Cambios en la selección de Jueces vuelve a Diputados

En la última sesión la Cámara de Senadores aprobó, con despacho de comisión, sobre tablas, con modificaciones, el proyecto de ley venido en revisión que modifica la ley 9996, que regula el funcionamiento del Consejo de la Magistratura.

La revisión del proyecto

El titular de la comisión de Legislación General, Lucas Larrarte (FpV – San Salvador), explicó la razón de la devolución a Diputados (cabe mencionar que hubo despacho de las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales y Acuerdos).

El legislador explicó que dentro de las facultades revisoras del Cuerpo, se hizo un profundo estudio sobre el órgano asesor del Poder Ejecutivo en lo que hace a la selección y propuestas de designación, ante el Senado, de los funcionarios y magistrados del Poder Judicial de la provincia.

“Se trata de un organismo que es altamente valorado”, y con el correr de los años se han ido dando una serie de situaciones que dan razón y sustento suficientes a las modificaciones que se proponen, comentó.

Se trata de incorporar un arancelamiento a la inscripción de aquellos postulantes que desean ingresar al Poder Judicial. También se deberá hacer frente a un arancel al momento de interponer acciones recursivas.

Otra de las modificaciones es sobre la prueba de oposición, la que será, una vez aprobados los cambios, solamente escrita.
También se establece el destino que tendrá el fondo que se ha de conformar con el pago de los aranceles por inscripción.

Razones de los cambios

Larrarte dijo que las modificaciones se impulsan porque se observa múltiples inscripciones para las aperturas de concursos, pero se presentaban solo el 40 por ciento de quienes daban ese primer paso.

“Con el arancelamiento habrá un mayor análisis al momento de inscribirse”, precisó, mostrando que se ponía en marcha toda la acción administrativa para recibir a 100 postulantes, pero solo iban 40, ejemplificó.

Todo esto hacía que se extendieran en el tiempo los concursos.

Con respecto a la determinación de que el examen de oposición sea solamente escrito, se basa en “el anonimato y la necesaria imparcialidad que debe garantizar el procedimiento de selección de jueces”.
Añadió que cuando se pasa al examen oral se terminaba con el anonimato que debe tenerse en el tiempo del análisis.

En cuanto al arancel para la interposición de recursos, es la mitad del de inscripción. Había numerosas presentaciones que no estaban bien fundadas, se dijo, que promovían el retarde de tiempos al momento de elegir los nombres a proponer al Poder Ejecutivo.

Errores formales
El Senador Larrarte explicó que en el trabajo en comisiones se encontraron en la necesidad de hacer algunos cambios en la redacción del texto venido de Diputados. “Seguramente son involuntarios”, consideró, “pero decidimos corregirlos”.

Es que en uno de los cambios se seguía hablando de dos etapas del examen de oposición, cuando se trata ahora de una (solo por escrito). La otra observación fue la alteración del orden lógico de los artículos, por lo que se decidió ordenarlo.
(Prensa Legislativa H.C.S.)

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