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Es ley el programa de arquitectura sostenible

En el día de ayer, el Senado Provincial dio sanción entre otros temas, a dos leyes que en la mañana habían recibido Dictamen favorable de la Comisión de Obras Públicas, que preside el Senador Beltrán Lora. Se trata de una Ley autoría del Poder Ejecutivo, remitido al Senado el pasado 11 de mayo y por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las obras de refacción en el ?Centro Cultural Roque Sáenz Peña? y en el ?Complejo Escuela Hogar Eva Perón?, vinculadas al Museo ?Evita Sede?.

También se sancionó la ley que crea el Programa de Arquitectura sostenible.

Refacción edilicia para sedes culturales

Cabe señalar que el nuevo “Centro Cultural Roque Saenz Peña” estará ubicado en calle Enrique Carbó de la ciudad de Paraná, donde funcionaba el antiguo cine Avenida, frente a la plaza que lleva ese nombre, y será sede para el funcionamiento de la Banda de Música de la Policía de la Provincia; también se prevé que en su un ámbito también pueda ensayar la Orquesta Sinfónica. El edificio que había donado el Centro Católico Obrero y Protección Recíproca, con el objetivo de que allí ensaye la Banda Música de Policía de Entre Ríos. A través de la ley sancionada se faculta además al Ejecutivo Provincial, a realizar las adecuaciones presupuestarias para la ejecución de las obras mencionadas. Por otra parte se autoriza a los trabajos de refacción y reacomodamiento de lo que será el Museo “Evita Sede”, que funcionará en el Complejo Hogar Eva Perón, también de la capital provincial.

Programa de Arquitectura Sostenible

La otra ley sancionada y cuyo Dictamen se firmó en la mañana en el ámbito de la misma Comisión, es el Proyecto de ley venido en revisión de la Cámara de Diputados, por el cual se crea ahora el “Programa de Arquitectura sostenible”. Los objetivos generales de la futura norma se centran en la “promoción de políticas, programas y proyectos de arquitectura, de inversión pública, mixta y privada, que resulten sostenibles y que apunten a satisfacer el derecho a la vivienda digna, a la ciudad y a un hábitat adecuado para el desarrollo humano para todos los entrerrianos”, como así también “el ahorro y el uso racional” de energía, los recursos hídricos y la gestión integral de residuos en todo tipo de edificios, “en todas las fases de la construcción y utilización de obras de arquitectura”; asimismo se plantea “la mejora de la calidad de vida de todos los entrerrianos y el cuidado de los recursos naturales para las generaciones venideras” con el fin de promover la “disminución del impacto ambiental negativo de la construcción y utilización de edificios”. La nueva ley señala en su artículo 3º que será el P.E quien determine la autoridad de aplicación de la misma, de acuerdo a sus competencias. Además plantea que “a los efectos de la implementación del Programa la autoridad de aplicación desarrollará mecanismos de gestión asociada, articulando acciones con organismos nacionales y provinciales, institutos de investigación y desarrollo tecnológico, universidades públicas y privadas, colegios profesionales, y los municipios y comunas de la provincia de Entre Ríos”. Más adelante el articulado indica que dicha autoridad de aplicación deberá procurar “la adopción progresiva de criterios de sostenibilidad en la planificación y gestión de todo proyecto de arquitectura en la provincia de Entre Ríos, elaborando a tal efecto un cronograma de vigencia de estándares mínimos de indicadores de sostenibilidad. El cumplimiento de tales estándares será obligatorio, de acuerdo a los plazos y condiciones establecidas en la reglamentación, en todos los casos de obras nuevas financiadas total o parcialmente con fondos públicos y/o en los que directa o indirectamente intervengan organismos públicos provinciales. La autoridad de aplicación reglamentará las condiciones y plazos para dar cumplimiento a los estándares mínimos de indicadores de sostenibilidad en los casos de edificaciones existentes”. La ley invita además, a que los municipios y comunas de la provincia incorporen “idéntico criterio para las obras con financiación enteramente privada en sus respectivas normas de ordenamiento urbano y edificación, dentro de su jurisdicción y competencias”, también a “adoptar incentivos similares en su normativa tributaria”, ya que en coordinación con la Administración Tributaria de Entre Ríos (ATER) y con el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), deberá elaborar y remitir al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo propuestas de reforma de la normativa tributaria y de los cuadros tarifarios de energía eléctrica vigentes, a los efectos de introducir alicientes fiscales y tarifarios tendientes a la adopción de prácticas y sistemas que redunden en la consecución de los objetivos de la presente ley”.

(Prensa Legislativa HCS)

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