En tanto el día 6 de julio, por ser el día del Empleado Legislativo, lo que está definido a través de la ley 9014 en su artículo 81, es no laborable para el personal de ambas Cámaras legislativas. Ese día se conmemora un nuevo aniversario del primer congreso de empleados de legislaturas provinciales que se realizó en el año 1974 en Salta.
Según se indica en el decreto 104 de la Vicegobernación, los días de receso serán "inhábiles administrativos, con suspensión de los plazos, salvo de los procedimientos de contratación que por urgencia o por encontrarse en trámite deban continuar durante el mismo, facultándose al director y subdirector de administración a adoptar las medidas pertinentes para garantizar los mismos".
En caso de ser necesario se establecerán guardias en las distintas áreas y en caso de ser necesario se puede interrumpir para algún personal el período de receso.