Una adecuación
Al fundar el proyecto el Senador Larrarte señaló que es la unificación de tres iniciativas que apuntaban a modificar el código procesal civil. “Hemos trabajado intensamente en la comisión, que toca varias normas del Código. En algunos casos modificando aspectos de procedimiento, en otros haciendo adecuaciones terminológicas y corrigiendo remisiones al Código Civil y Comercial ahora vigente en el país, y otros modificando institutos que de larga data se pretenden cambiar”, reseñó.
Luego se refirió a la caducidad de instancia. Indicó que artículos se modifican y explicó que se trata de un modo anormal de terminar con un procedimiento (lo normal es la sentencia) y se da cuando transcurre un tiempo sin que ninguna de las partes lo haga, por lo que el Juez, por sí o ante el pedido de alguna de las partes puede declarar extinguida la acción procesal.
Añadió que esta extinción del procedimiento no depende de actos jurídicos, sino de hechos fácticos, que son el transcurso del tiempo y la inactividad dentro del procedimiento. El instituto fue pensado para ir eliminando aquellos expedientes que no registraban actividad, con la idea de dar certeza y seguridad jurídica, aliviando además la carga de los tribunales.
Tenía un plazo prolongado de dos años para ser aplicado. Actualmente es de seis meses. Larrarte aclaró que los efectos que produce la caducidad son distintos de acuerdo al momento en que opera. Si la acción no prescribió, el justiciable puede retomar la acción. El legislador, haciendo uso del derecho comparado, hizo mención a cómo opera esta forma de caducidad en otros países.
“Proponemos la modificación, similar a la que se aplica en Buenos Aires, para evitar que el justiciable pueda perder sus derechos, por eso se obliga al juez a que antes de aplicar este instituto, deba informar a las partes, para que estas manifiesten si tienen o no interés en continuar con la causa”, resaltó.
Operadores judiciales
Por su parte el Senador Ferrari dijo que se busca darle al Código Procesal una serie de reformas que surgen del cotidiano trabajo en tribunales que presentan situaciones que no son contempladas por la norma actual.
Agregó que “además se quiere aportar para lograr la mejor defensa en juicio”. Indicó en detalle cuales fueron las modificaciones que propuso desde su proyecto y puso como ejemplo lo referido a las notificaciones.
Precisó que se hicieron cambios en algunos términos, para que la notificación sea por cédula o personalmente, lo que hace al debido proceso, porque permite comunicar a las partes debidamente sobre la situación de un expediente.
A esto sumó una reforma del artículo 124, para mejorar el acceso a los expedientes y así generar una herramienta con mayores supuestos de préstamo, como así también la posibilidad de retirarlo y que sirva a la respuesta en un agravio. Mencionó otros agregados para fortalecer la defensa en juicio. “Lo que se intenta es mejorar algunos artículos del Código Procesal, como un aporte interesante para el ejercicio profesional”, reflexionó Ferrari.
Destacan el trabajo en comisión
Después el Senador Schild destacó el amplio y profundo trabajo que se realiza en la comisión de Legislación General, donde prima la búsqueda de alcanzar las mejores normas posibles.
Dijo que le tocó encarar una adecuación terminológica y de las diversas remisiones que tiene la norma actual a leyes nacionales. “Con el nuevo Código (ley 26994) la norma procesal entrerriana quedó dislocada, y nos propusimos ordenarla para hacerla más clara a los operadores judiciales y también al justiciable, de modo que puedan acceder evitando dispersiones y asegurando mejores resultados con el uso de la norma jurídica”.
Detalló todas las modificaciones que se hicieron, las que pueden ser consultadas a través de la página web de la Cámara Alta. El proyecto fue aprobado por unanimidad y ya está remitido a la Cámara de Diputados.