El senador del departamento San Salvador, Lucas Larrarte (FpV), presentó en la Cámara Alta un proyecto de ley que apunta a mejorar los canales por los que los ciudadanos deben o pueden reclamar a las empresas prestatarias de servicios.
“Si queremos una provincia que esté cerca de las personas que más la necesitan y sea una de aquellas en la que los habitantes puedan confiar para responder a sus problemas cotidianos; si queremos una provincia que procure dignificar al ser humano, entonces, es necesario sancionar una ley que tienda a garantizar el bienestar y el desarrollo digno de todas las personas sin importar el lugar en el que habitan”, argumenta el legislador en los fundamentos que dan cuerpo a la iniciativa.
El proyecto
La propuesta apunta a que las prestatarias “de servicios de telefonía, móvil o fija, de gas natural, y de servicios eléctricos” tengan la obligación de contar “con una oficina de atención personalizada, en al menos una de las ciudades de cada uno de los departamentos de la provincia” donde presten servicios.
El objetivo es contar con un espacio “donde los usuarios o consumidores puedan realizar reclamos y consultas en forma personal”.
Argumenta al sostener su proyecto que “en Entre Ríos no solamente necesitamos de la evolución tecnológica, sino que también necesitamos que los habitantes de nuestro territorio no se sientan un simple número, por no tener un lugar para que se les dé explicaciones necesarias o por no tener un lugar donde reclamar o quejarse”.
Larrarte señala que en Entre Ríos se desempeñan grandes empresas y no tienen una oficina de atención personalizada, lo que lleva a un trato peyorativo, discriminatorio y desigual entre aquellos consumidores de las grandes ciudades y los que están en las más pequeñas.
También se reclama que al ponerse en funcionamiento la oficina, su ubicación, el horario de atención, deberán estar en la facturación del servicio, como así también en las páginas digitales de las empresas, y en toda documentación generada por la prestataria.
Si se sancionara la ley y no se cumpliera con la conformación de una oficina, habrá sanciones, las que están previstas en la ley 24240, y precisa que las oficinas deberán estar constituidas a los 180 días a partir de la promulgación.
El senador Larrarte, al fundamentar, recuerda que la Constitución Nacional contempla el derecho a la dignidad humana, lo que no estaría siendo contemplado cuando al hacer un reclamo, aparecen sistemas intrincados que derivan las comunicaciones a lugares remotos y despersonalizados.